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Condiciones Generales

Índice de contenidos

Artículo 1 – Definiciones
Artículo 2 – Identidad del empresario
Artículo 3 – Aplicabilidad
Artículo 4 – La oferta
Artículo 5 – El contrato
Artículo 6 – Derecho de desistimiento
Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el período de reflexión
Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes asociados
Artículo 9 – Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 – El precio
Artículo 12 – Cumplimiento y garantía adicional
Artículo 13 – Entrega y ejecución
Artículo 14 – Contratos de duración: duración, rescisión y renovación
Artículo 15 – Pago
Artículo 16 – Procedimiento de reclamaciones
Artículo 17 – Controversias
Artículo 18 – Disposiciones adicionales o divergentes


Artículo 1 – Definiciones

En estas condiciones se entenderá por:

  • Contrato complementario: un contrato mediante el cual el consumidor adquiere productos, contenidos digitales y/o servicios en relación con un contrato a distancia, y dichos bienes, contenidos digitales y/o servicios son suministrados por el empresario o por un tercero en virtud de un acuerdo entre dicho tercero y el empresario.

  • Período de reflexión: el plazo durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento.

  • Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional.

  • Día: día natural del calendario.

  • Contenido digital: datos producidos y suministrados en forma digital.

  • Contrato de duración: contrato que tiene por objeto el suministro regular de bienes, servicios y/o contenidos digitales durante un período determinado.

  • Soporte duradero: todo instrumento –incluido el correo electrónico– que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida a él personalmente, de forma que pueda ser consultada o utilizada en el futuro durante un período adecuado al propósito de la información, y que permita la reproducción inalterada de la información almacenada.

  • Derecho de desistimiento: la facultad del consumidor de resolver el contrato a distancia dentro del período de reflexión.

  • Empresario: la persona física o jurídica que ofrece a los consumidores, a distancia, productos, (acceso a) contenidos digitales y/o servicios.

  • Contrato a distancia: contrato celebrado entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado de venta a distancia de productos, contenidos digitales y/o servicios, mediante la utilización exclusiva o parcial de una o más técnicas de comunicación a distancia hasta el momento de la celebración del contrato.

  • Formulario modelo de desistimiento: el formulario europeo de desistimiento incluido en el Anexo I de estas condiciones.

  • Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para la celebración de un contrato sin que el consumidor y el empresario tengan que coincidir físicamente en el mismo lugar.


Artículo 2 – Identidad del empresario

Golden Vital & Beauty NL
Hoodweg 71D, 1175 KM Lijnden
Correo electrónico: [email protected]
Número KvK: 75292068


Artículo 3 – Aplicabilidad

  1. Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor.

  2. Antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará cómo pueden consultarse las condiciones generales en las instalaciones del empresario y que, a solicitud del consumidor, se enviarán lo antes posible de forma gratuita.

  3. Si el contrato a distancia se celebra por medios electrónicos, en lugar de lo dispuesto en el apartado anterior y antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales podrá facilitarse al consumidor por medios electrónicos de forma que pueda ser fácilmente almacenado por el consumidor en un soporte duradero. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse electrónicamente las condiciones generales y que, a solicitud del consumidor, se enviarán electrónicamente o de otra forma, de manera gratuita.

  4. En caso de que, además de estas condiciones generales, resulten aplicables condiciones específicas de productos o servicios, se aplicarán mutatis mutandis los apartados 2 y 3 y, en caso de conflicto, el consumidor podrá invocar siempre la disposición aplicable que le resulte más favorable.

  5. Artículo 4 – La oferta

    1. Si una oferta tiene un período de validez limitado o está sujeta a condiciones, esto se indicará explícitamente en la oferta.

    2. La oferta contendrá una descripción completa y precisa de los productos, contenidos digitales y/o servicios ofrecidos. La descripción será lo suficientemente detallada para permitir al consumidor una correcta evaluación de la oferta. Si el empresario utiliza imágenes, éstas serán una representación fiel de los productos, servicios y/o contenidos digitales ofrecidos. Los errores manifiestos o evidentes en la oferta no vinculan al empresario.

    3. Cada oferta contendrá la información necesaria para que el consumidor tenga claro cuáles son los derechos y obligaciones que implica la aceptación de la oferta.


    Artículo 5 – El contrato

    1. El contrato se perfecciona, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple con las condiciones establecidas.

    2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará de inmediato por vía electrónica la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción de dicha aceptación, el consumidor podrá resolver el contrato.

    3. Si el contrato se celebra por medios electrónicos, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para la seguridad de la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario aplicará las medidas de seguridad adecuadas.

    4. Dentro de los límites legales, el empresario podrá informarse de si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que sean relevantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si, en base a esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, estará legitimado a rechazar de forma motivada un pedido o solicitud, o a imponer condiciones especiales a la ejecución.

    5. A más tardar en el momento de la entrega del producto, servicio o contenido digital, el empresario enviará al consumidor, por escrito o de forma que éste pueda almacenarlo de manera accesible en un soporte duradero, la siguiente información:

      • la dirección física del establecimiento del empresario donde el consumidor pueda presentar quejas;

      • las condiciones bajo las cuales y el modo en que el consumidor pueda ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara de la exclusión de dicho derecho;

      • la información sobre las garantías y los servicios posventa existentes;

      • el precio con todos los impuestos incluidos del producto, servicio o contenido digital; en la medida en que sea aplicable, los costes de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;

      • los requisitos para la resolución del contrato en caso de que éste tenga una duración superior a un año o sea de duración indefinida;

      • si el consumidor dispone de derecho de desistimiento, el formulario modelo de desistimiento.

    En el caso de un contrato de duración continua, la disposición anterior solo se aplica a la primera entrega.


    Artículo 6 – Derecho de desistimiento

    Para productos:

    1. El consumidor podrá resolver un contrato relacionado con la compra de un producto durante un período de reflexión de al menos 14 días sin indicar motivo alguno. El empresario podrá preguntar al consumidor el motivo de su desistimiento, pero no puede obligarle a declararlo.

    2. El período de reflexión mencionado en el apartado 1 comenzará el día siguiente a aquel en que el consumidor, o un tercero designado por él que no sea el transportista, reciba el producto, o:

      • si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor o un tercero designado por él reciba el último producto. El empresario podrá rechazar un pedido de varios productos con diferentes plazos de entrega, siempre que lo haya informado claramente al consumidor antes del proceso de pedido;

      • si la entrega de un producto consta de varios envíos o partes: el día en que el consumidor o un tercero designado por él reciba el último envío o la última parte;

      • en contratos de entrega periódica de productos durante un período determinado: el día en que el consumidor o un tercero designado por él reciba el primer producto.

    Para servicios y contenidos digitales no suministrados en soporte material:
    3. El consumidor podrá resolver un contrato de servicios y un contrato para el suministro de contenidos digitales no entregados en un soporte material durante al menos 14 días sin indicar motivo alguno. El empresario podrá preguntar al consumidor el motivo de su desistimiento, pero no puede obligarle a declararlo.
    4. El período de reflexión mencionado en el apartado 3 comenzará el día siguiente a la celebración del contrato.

    Período de reflexión ampliado en caso de falta de información sobre el derecho de desistimiento:
    5. Si el empresario no ha facilitado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento o el formulario modelo de desistimiento, el período de reflexión expirará doce meses después del final del período de reflexión original establecido de acuerdo con los apartados anteriores de este artículo.
    6. Si el empresario ha facilitado la información mencionada en el apartado anterior dentro de los doce meses posteriores al inicio del período de reflexión original, el período de reflexión expirará 14 días después del día en que el consumidor haya recibido dicha información.

Artículo 7 – Obligaciones del consumidor durante el período de reflexión

  1. Durante el período de reflexión, el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar la naturaleza, las características y el funcionamiento del producto. El principio es que el consumidor solo puede manipular e inspeccionar el producto como lo haría en una tienda.

  2. El consumidor será responsable únicamente de la disminución de valor del producto que resulte de un uso del producto que vaya más allá de lo permitido en el apartado 1.

  3. El consumidor no será responsable de la disminución de valor del producto si el empresario no le ha proporcionado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de la celebración del contrato.


Artículo 8 – Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y costes asociados

  1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, deberá notificarlo al empresario dentro del período de reflexión mediante el formulario modelo de desistimiento o mediante otra declaración inequívoca.

  2. Tan pronto como sea posible, pero a más tardar 14 días después del día de la notificación mencionada en el apartado 1, el consumidor devolverá el producto o lo entregará al empresario (o a un representante autorizado por este). Esto no será necesario si el empresario se ha ofrecido a recoger el producto él mismo. El consumidor habrá cumplido el plazo de devolución si devuelve el producto antes de que expire el período de reflexión.

  3. El consumidor devolverá el producto con todos los accesorios entregados, en la medida de lo razonablemente posible en su estado y embalaje original, y conforme a las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.

  4. El riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y oportuno del derecho de desistimiento recaen en el consumidor.

  5. El consumidor asumirá los costes directos de la devolución del producto, salvo que el empresario no haya informado de que el consumidor debe asumir dichos costes o que el empresario haya indicado que los asumirá él mismo.

  6. Si el consumidor desiste después de haber solicitado expresamente durante el período de reflexión que la prestación de un servicio o el suministro de gas, agua o electricidad no preparados para la venta en un volumen o cantidad limitada comenzara durante dicho período, el consumidor pagará al empresario un importe proporcional a la parte del compromiso ya cumplida por el empresario en el momento del desistimiento, en comparación con la ejecución total del compromiso.

  7. El consumidor no asumirá costes por la prestación de servicios o el suministro de agua, gas o electricidad, que no estén preparados para la venta en un volumen o cantidad limitada, o por el suministro de calefacción urbana, si:

    • el empresario no ha proporcionado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento, la compensación de costes en caso de desistimiento o el formulario modelo de desistimiento, o;

    • el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la prestación del servicio o el suministro de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el período de reflexión.

  8. El consumidor no asumirá ningún coste por la entrega total o parcial de contenidos digitales no suministrados en un soporte material, si:

    • no ha dado su consentimiento expreso, antes de la entrega, para iniciar el cumplimiento del contrato antes de que finalice el período de reflexión;

    • no ha reconocido perder su derecho de desistimiento al otorgar su consentimiento; o

    • el empresario ha omitido confirmar esta declaración del consumidor.

  9. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, todos los contratos complementarios se resolverán de pleno derecho.


Artículo 9 – Obligaciones del empresario en caso de desistimiento

  1. Si el empresario permite la notificación de desistimiento por medios electrónicos, enviará inmediatamente una confirmación de recepción de dicha notificación.

  2. El empresario reembolsará todos los pagos recibidos del consumidor, incluidos los gastos de entrega cobrados por el empresario por el producto devuelto, sin demora indebida y, en cualquier caso, en un plazo máximo de 14 días desde la fecha en que el consumidor le notificó el desistimiento. Salvo que el empresario se ofrezca a recoger el producto él mismo, podrá esperar a efectuar el reembolso hasta haber recibido el producto o hasta que el consumidor haya demostrado que lo ha devuelto, lo que ocurra primero.

  3. El empresario utilizará para el reembolso el mismo medio de pago que haya utilizado el consumidor, salvo que este consienta expresamente en otro método. El reembolso no supondrá ningún coste para el consumidor.

  4. Si el consumidor ha elegido un método de entrega más caro que la entrega estándar más económica, el empresario no estará obligado a reembolsar los costes adicionales del método más caro.

Artículo 10 – Exclusión del derecho de desistimiento

El empresario puede excluir los siguientes productos y servicios del derecho de desistimiento, pero solo si lo ha indicado claramente en la oferta, al menos antes de la celebración del contrato:

  1. Productos o servicios cuyo precio dependa de fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia y que puedan producirse dentro del período de desistimiento.

  2. Contratos celebrados en una subasta pública. Se entiende por subasta pública un método de venta en el que los productos, contenidos digitales y/o servicios son ofrecidos por el empresario al consumidor que está presente personalmente o tiene la posibilidad de estar presente personalmente en la subasta, bajo la dirección de un subastador, y en el que el adjudicatario está obligado a adquirir los productos, contenidos digitales y/o servicios.

  3. Contratos de servicios, una vez que el servicio haya sido completamente ejecutado, pero únicamente si:

    • la ejecución comenzó con el consentimiento previo expreso del consumidor, y

    • el consumidor declaró haber perdido su derecho de desistimiento una vez que el empresario hubiera cumplido completamente el contrato.

  4. Viajes combinados en el sentido del artículo 7:500 BW y contratos de transporte de personas.

  5. Contratos de servicios para el suministro de alojamiento, si en el contrato se prevé una fecha o período específico de ejecución y que no sea con fines residenciales, transporte de mercancías, servicios de alquiler de coches y catering.

  6. Contratos relacionados con actividades de ocio, si el contrato prevé una fecha o período específico de ejecución.

  7. Productos fabricados conforme a las especificaciones del consumidor, que no estén prefabricados y que se fabriquen en función de una elección o decisión individual del consumidor, o que estén claramente destinados a una persona determinada.

  8. Productos que puedan deteriorarse rápidamente o tengan una vida útil limitada.

  9. Productos precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y cuyo precinto haya sido roto tras la entrega.

  10. Productos que, tras su entrega, se mezclen inseparablemente con otros productos por su naturaleza.

  11. Bebidas alcohólicas cuyo precio se haya acordado en el momento de la celebración del contrato, pero cuya entrega solo pueda tener lugar después de 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tenga influencia.

  12. Grabaciones de audio o vídeo y programas informáticos precintados, cuyo precinto haya sido roto tras la entrega.

  13. Periódicos, revistas o publicaciones periódicas, salvo los contratos de suscripción a los mismos.

  14. El suministro de contenidos digitales que no se presten en un soporte material, pero únicamente si:

  • la ejecución comenzó con el consentimiento previo expreso del consumidor, y

  • el consumidor declaró haber perdido su derecho de desistimiento al dar dicho consentimiento.


Artículo 11 – El precio

  1. Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo cambios de precios derivados de modificaciones en los tipos de IVA.

  2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero y sobre los que el empresario no tenga influencia, a precios variables. Esta vinculación a las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados puedan ser precios de referencia se indicarán en la oferta.

  3. Los aumentos de precio dentro de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo se permitirán si se deben a disposiciones legales o reglamentarias.

  4. Los aumentos de precio a partir de 3 meses después de la celebración del contrato solo se permitirán si el empresario lo ha estipulado y:
    a) se deben a disposiciones legales o reglamentarias, o
    b) el consumidor tiene la facultad de rescindir el contrato a partir del día en que el aumento de precio surta efecto.

  5. Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.


Artículo 12 – Cumplimiento y garantía adicional

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, con las especificaciones indicadas en la oferta, con los requisitos razonables de idoneidad y/o utilidad y con las disposiciones legales y normativas vigentes en la fecha de celebración del contrato.

  2. Si se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto del normal.

  3. Una garantía adicional proporcionada por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limitará los derechos legales y reclamaciones que el consumidor pueda ejercer contra el empresario en virtud del contrato, en caso de que el empresario incumpla su parte del contrato.

  4. Se entiende por garantía adicional cualquier compromiso del empresario, su proveedor, importador o productor mediante el cual se concedan al consumidor determinados derechos o reclamaciones que van más allá de lo que la ley exige en caso de incumplimiento por parte del empresario de su parte del contrato.

Artículo 13 – Entrega y ejecución

  1. El empresario pondrá el máximo cuidado al recibir y ejecutar pedidos de productos, así como al evaluar solicitudes para la prestación de servicios.

  2. Como lugar de entrega se considerará la dirección que el consumidor haya comunicado al empresario.

  3. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la mayor celeridad posible y, en cualquier caso, en un plazo máximo de 30 días, salvo que se haya acordado otro plazo de entrega. Si la entrega sufre retraso, o si un pedido no puede ejecutarse, total o parcialmente, el consumidor recibirá una notificación a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En tal caso, el consumidor tendrá derecho a rescindir el contrato sin coste alguno y a reclamar una indemnización por daños y perjuicios.

  4. Tras la rescisión conforme al apartado anterior, el empresario reembolsará sin demora el importe pagado por el consumidor.

  5. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos correrá a cargo del empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente lo contrario.


Artículo 14 – Contratos de duración: duración, rescisión y renovación

Rescisión:

  1. El consumidor podrá rescindir en todo momento un contrato celebrado por tiempo indefinido y que tenga por objeto el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.

  2. El consumidor podrá rescindir en todo momento un contrato celebrado por tiempo determinado y que tenga por objeto el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, al final del período fijado, respetando las normas de rescisión acordadas y un plazo de preaviso máximo de un mes.

  3. El consumidor podrá rescindir los contratos mencionados en los apartados anteriores:

    • en cualquier momento, y no limitarse a rescindir en un momento o período específico;

    • al menos de la misma manera en que los celebró;

    • siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario se ha reservado para sí mismo.

Renovación:
4. Un contrato celebrado por tiempo determinado y que tenga por objeto el suministro regular de productos o servicios no podrá renovarse ni prorrogarse tácitamente por una duración determinada.
5. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado y que tenga por objeto el suministro regular de diarios, periódicos y revistas podrá renovarse tácitamente por un período fijo de un máximo de tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir este contrato prorrogado al final de la prórroga con un plazo de preaviso máximo de un mes.
6. Un contrato celebrado por tiempo determinado y que tenga por objeto el suministro regular de productos o servicios solo podrá renovarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un plazo de preaviso máximo de un mes. El plazo de preaviso será de un máximo de tres meses si el contrato tiene por objeto la entrega periódica, pero inferior a una vez al mes, de diarios, periódicos y revistas.
7. Un contrato de duración limitada que tenga por objeto el suministro regular de diarios, periódicos y revistas a modo de prueba o introducción (suscripción de prueba o introductoria) no se renovará tácitamente y finalizará automáticamente al término del período de prueba o introducción.

Duración:
8. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento una vez transcurrido un año, con un plazo de preaviso máximo de un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes de que finalice la duración acordada.


Artículo 15 – Pago

  1. Salvo que se disponga lo contrario en el contrato o en las condiciones adicionales, los importes que deba pagar el consumidor deberán abonarse en un plazo de 14 días desde el inicio del período de reflexión, o, en ausencia de período de reflexión, en un plazo de 14 días desde la celebración del contrato. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comenzará el día siguiente a aquel en que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.

  2. En la venta de productos a consumidores, estos nunca podrán ser obligados en las condiciones generales a efectuar un pago anticipado superior al 50%. Si se ha estipulado un pago anticipado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho en relación con la ejecución del pedido o servicio(s) correspondiente(s) antes de que se haya efectuado el pago anticipado.

  3. El consumidor tiene la obligación de informar inmediatamente al empresario de cualquier error en los datos de pago proporcionados o indicados.

  4. Si el consumidor no cumple a tiempo con sus obligaciones de pago, y tras haber sido advertido de la demora por el empresario, este le concede un plazo de 14 días para cumplir aún con sus obligaciones de pago. Si el pago no se efectúa dentro de este plazo de 14 días, el consumidor deberá abonar el interés legal sobre la cantidad adeudada y el empresario tendrá derecho a repercutir los costes extrajudiciales de cobro. Estos costes de cobro ascenderán como máximo a: 15% sobre los importes pendientes hasta 2.500 €; 10% sobre los siguientes 2.500 €; y 5% sobre los siguientes 5.000 €, con un mínimo de 40 €. El empresario podrá desviarse a favor del consumidor de los importes y porcentajes mencionados

    Artículo 16 – Procedimiento de reclamaciones

    1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones suficientemente conocido y tramitará la reclamación conforme a dicho procedimiento.

    2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario de forma completa y claramente descrita, dentro de un plazo razonable después de que el consumidor haya detectado los defectos.

    3. Las reclamaciones presentadas al empresario serán respondidas en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación más largo, el empresario responderá dentro de los 14 días con un acuse de recibo e indicando cuándo el consumidor puede esperar una respuesta más detallada.

    4. Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo dentro de un plazo razonable o en un plazo máximo de tres meses después de presentarla, surgirá un conflicto que podrá someterse al procedimiento de resolución de litigios.

    5. Desde el 15 de febrero de 2016, los consumidores de la UE también pueden presentar reclamaciones a través de la plataforma ODR de la Comisión Europea. Esta plataforma ODR se encuentra en http://ec.europa.eu/odr. Si su reclamación no está siendo tramitada en otro lugar, es libre de presentar su reclamación a través de la plataforma de la Unión Europea.


    Artículo 17 – Controversias

    Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se apliquen estas condiciones generales estarán sujetos exclusivamente a la legislación neerlandesa.


    Artículo 18 – Disposiciones adicionales o divergentes

    Las disposiciones adicionales o que se desvíen de estas condiciones generales no podrán ir en detrimento del consumidor y deberán redactarse por escrito, o de tal manera que el consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte duradero.

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